A- de 2002
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Martin Nicolas Barros Choles
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inaplicación para el caso
- Aplicación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se inaplicó el Art. 1º del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitución Política, en relación con la tutela promovida por el ciudadano de la referencia.
En consecuencia, se envió el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha -Sala Penal- para los efectos legales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Inaplicar, el articulo 1o del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitucion Politica conforme a lo expuesto en la parte motiva de este auto, en relacion con la accion de tutela promovida por el ciudadano Martin Nicolas Barros Choles.
- Segundo. Enviese el expediente en forma inmediata al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha -Sala Penal-, (magistrado ponente, doctor Jaime Antonio Movil Melo), para los efectos legales.
- Tercero. Para su conocimiento enviese copia de este auto al Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira -Sala Jurisdiccional Disciplinaria-.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.